Términos y CondicionesPolítica de Privacidad

Nociones preliminares
¿Quiénes somos?: ARJAUS S.R.L. (en adelante “ARJAUS”) es una academia de música certificada por Ableton, Native Instruments y Waves en Argentina. Ofrecemos cursos, carreras, talleres, mentorías de Producción musical, DJ, Mezcla, Mastering y Diseño Sonoro bajo la modalidad online y presencial. Nuestra dirección es Av. Congreso 3541. Bs As Argentina Tel: +54 11- 4544-7879.Whatsapp: +54 911 3676 0870 Correo: estudiantes@arjaus.com
Los presentes términos y condiciones otorgan un encuadre legal tendiente a garantizar el cuidado de la relación entre ARJAUS como titular del sitio “https://arjaus.com” (en adelante, el “SITIO WEB”) y los usuarios y consumidores de los productos y servicios ofrecidos por ARJAUS (en adelante, “USUARIOS”).
Legislación aplicable: Los presentes términos y condiciones que rigen el uso del SITIO WEB y los cursos/ carreras dictadas en sede detallada con anterioridad, se rigen por la ley argentina, en lo especial “Ley de Defensa del Consumidor (24.240)”, resultando de aplicación supletoria el Código Civil y Comercial de la Nación. Los mismos rigen para la totalidad de los productos ofrecidos por ARJAUS, incluyendo cursos, carreras, talleres y mentorías, con las particularidades que se establecen en cada sección correspondiente.
Al leer, navegar o usar el SITIO WEB, el usuario declara que leyó y acepta los términos y condiciones aquí expuestos. Si el usuario no está de acuerdo con los términos y condiciones, debe salir inmediatamente del sitio. ARJAUS se reserva el derecho de ampliar, restringir, o de cualquier forma modificar o cambiar los términos y condiciones de uso del sitio en cualquier momento.

Información previa a la contratación
Mediante la página web de ARJAUS, se ofrecerá al usuario la posibilidad de inscribirse a los distintos cursos, carreras, talleres y mentorías detalladas en el sitio. Las ofertas tendrán la vigencia que se especifique en cada caso en el SITIO WEB. En caso de agotarse las vacantes antes de la fecha de finalización de la oferta, se podrá suministrar, de común acuerdo con el USUARIO, un producto o servicio de calidad y precio equivalentes. El USUARIO podrá acceder a las características esenciales y condiciones de prestación de cada producto o servicio a través la descripción detallada que se encuentra publicada, visible y fácilmente accesible en el SITIO WEB. Formalizada la relación, el USUARIO acepta que los presentes términos y condiciones, cualquier modificación a ellos, así como también cualquier comunicación o notificación de la naturaleza que fuere relativa a los servicios prestados por ARJAUS sean remitidos por correo electrónico a la casilla brindada por el USUARIO al momento de efectuar la inscripción.

TÍTULO PRIMERO - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Obligaciones de ARJAUS:

ART 1.- Formalizada la relación contractual, ARJAUS se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Informar expresamente al USUARIO la existencia de las presentes condiciones con carácter previo al inicio del procedimiento de contratación.
b) Informar al USUARIO con carácter previo a la contratación y de manera concreta, clara, precisa e inequívoca las características específicas de los servicios solicitados, tales como el precio, modalidades de pago, financiamiento, modalidad de cursado, plazo de cursado, entre otros.
c) Confirmar al USUARIO vía e-mail la efectivización de la contratación en un plazo razonable desde la aceptación por parte de este de las condiciones de contratación.
d) Informar al USUARIO con antelación razonable aquellos cambios que pudieran producirse en las prestaciones de los servicios por parte de ARJAUS durante el desarrollo de la relación contractual.
Obligaciones del USUARIO
ART 2.- Por su parte, el USUARIO se compromete a:
a) Llevar a cabo el íntegro cumplimiento de lo establecido en las presentes condiciones.
b) Completar los formularios de registro previos al inicio del procedimiento de contratación con información veraz y actual.
c) Abonar en tiempo y forma el precio de los productos y/o servicios adquiridos. Frente a la existencia de un reclamo en trámite el USUARIO se compromete a continuar abonando los importes correspondientes, sin perjuicio de que estos puedan ser reintegrados o deducidos de futuros pagos en caso de corresponder.

ART 3.- Derechos del USUARIO
a) Todo USUARIO tiene derecho a que los servicios que adquiera sean proporcionados conforme éstos han sido ofrecidos y con la calidad acordada.

TÍTULO SEGUNDO - PRODUCTO O SERVICIO OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

ART 4.- Los cursos, carreras, talleres y mentorías otorgadas por ARJAUS tienen como objetivo brindar a los USUARIOS las herramientas necesarias para poder desempeñarse como profesionales de la música, independientemente de la finalidad y/o el desempeño particular de cada USUARIO.

ART 5.- ARJAUS otorgará a los USUARIOS que cumplan con los objetivos fijados en cada curso o carrera un certificado no oficial.

ART 6.- Ninguna de las empresas que certifican a ARJAUS, como así tampoco las empresas asociadas, entregan certificación a los USUARIOS.
ART 7.- Programas de Mentorías. ARJAUS ofrece programas de mentoría destinados a estudiantes que ya posean conocimientos previos en las áreas correspondientes. Los programas de Mentoría se rigen por los presentes términos y condiciones en todo lo que les sea aplicable y, adicionalmente, por las disposiciones particulares establecidas en el presente artículo.

1) Información de los programas. La información relativa a la denominación, descripción, duración, carga horaria, días, horarios, modalidad de cursado y precio de cada programa de mentoría será publicada en el apartado correspondiente del SITIO WEB con carácter previo al inicio de la inscripción. ARJAUS se reserva el derecho de establecer un número mínimo y máximo de inscriptos para la apertura de cada programa, en conformidad con los Artículos 12 y 15 de los presentes términos y condiciones.

2) Horas de estudio en sala equipada - Servicio adicional optativo. Determinados programas de Mentoría ofrecen, en forma optativa y por un precio adicional, el uso de sala de producción equipada (en adelante, "Horas de Estudio"), conforme se especifique en el apartado correspondiente del SITIO WEB. La contratación de las Horas de Estudio implica la aceptación plena de las siguientes condiciones establecidas del presente artículo:

2.1. Disponibilidad y franjas horarias. Las Horas de Estudio estarán sujetas a disponibilidad en todo momento. Su utilización queda limitada a las siguientes franjas horarias:
Lunes a viernes: de 10:00 a 15:00 horas.
Sábados y domingos: de 10:00 a 22:00 horas.

ARJAUS se reserva el derecho de modificar las franjas horarias disponibles, notificando al USUARIO con antelación razonable.

2.2. Sistema de reserva. El uso de las Horas de Estudio requiere reserva previa por parte del USUARIO, a través del canal habilitado y con la antelación mínima que ARJAUS establezca y comunique oportunamente. Al momento de efectuar la reserva y al momento de hacer uso de la sala, el USUARIO no deberá registrar deudas pendientes de ningún tipo con ARJAUS, incluyendo cuotas en mora u otros conceptos impagos. El incumplimiento de esta condición facultará a ARJAUS a denegar el acceso a la sala de estudio sin que ello genere derecho a reintegro alguno.

3) Política de no reintegro de horas de estudio. El USUARIO declara conocer y aceptar expresamente que no se efectuará reintegro, devolución, acreditación ni compensación de ninguna naturaleza por las Horas de Estudio en los siguientes supuestos:

i) Cancelación de reservas por parte del USUARIO, con independencia de la antelación con que se efectúe dicha cancelación.
ii) Inasistencia del USUARIO en el horario de reserva confirmada, cualquiera sea la causa invocada.

Las Horas de Estudio asignadas para cada programa tienen validez semanal: deben ser reservadas y utilizadas dentro de la semana calendario a la que correspondan, conforme la cantidad de horas establecida para el programa contratado según se especifique en el SITIO WEB. Las horas no utilizadas dentro de la semana correspondiente caducarán de pleno derecho al finalizar dicho período, sin posibilidad de acumulación, traslado, compensación ni reintegro. El USUARIO que desee utilizar la sala de producción fuera del marco del programa contratado deberá hacerlo en forma independiente, conforme los valores vigentes al momento de la contratación.

4) Requisitos para la publicación de música trabajada en Mentorías. El USUARIO que desee publicar material musical producido o trabajado en el marco de un programa de Mentoría deberá acreditar, en forma concurrente, el cumplimiento de la totalidad de los siguientes requisitos:

i) Asistencia mínima del OCHENTA POR CIENTO (80%) de las sesiones de mentoría del ciclo correspondiente, computada sobre el total de sesiones del programa.
ii) Entrega del CIEN POR CIENTO (100%) de los trabajos prácticos asignados, en los plazos y condiciones establecidos por el instructor o la dirección académica de ARJAUS.
iii) Situación regular de pagos: ausencia de deudas pendientes de cualquier naturaleza con ARJAUS al momento de la solicitud, incluyendo sin limitación cuotas mensuales, matrículas, Horas de Estudio, Cabina u otros servicios.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos precedentes invalidará la publicación del material musical hasta tanto regularice íntegramente su situación. ARJAUS se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos con carácter previo a la publicación.

A los efectos del presente artículo, se entiende por "publicación" toda difusión del material en plataformas de streaming, redes sociales, sellos discográficos, distribuidoras digitales o cualquier otro canal público o privado de distribución musical.

4.1. Titularidad de derechos. Los derechos de autor, composición y edición musical sobre el material producido o trabajado en el marco de los programas de mentoría son y permanecen de titularidad exclusiva del estudiante. ARJAUS no adquiere, por la sola participación del estudiante en el programa ni por la distribución del material, derecho alguno sobre la obra, su composición ni su edición.

4.2. Distribución por ARJAUS como sello discográfico. ARJAUS actúa como sello discográfico y, a su exclusivo criterio y discrecionalidad, podrá distribuir el material musical trabajado en el marco del programa a través de las plataformas de streaming y demás canales de distribución digital que estime pertinentes. La distribución por parte de ARJAUS no constituye una obligación ni un derecho automático del estudiante, sino una facultad que ARJAUS ejercerá de acuerdo con su criterio artístico, editorial y comercial, sin que su no ejercicio genere responsabilidad alguna.

El estudiante podrá solicitar en cualquier momento el retiro de su material de las plataformas de distribución, mediante notificación fehaciente dirigida a ARJAUS. Dicho retiro se efectuará en los plazos técnicos que cada plataforma establezca, sin que las demoras propias de dichos procesos sean imputables a ARJAUS. El retiro de la distribución no afectará los derechos de titularidad del estudiante sobre la obra ni generará obligación de reintegro o compensación alguna por parte de ARJAUS.

TÍTULO TERCERO - PLAN DE ESTUDIOS, DURACIÓN DE LOS CURSOS/ CARRERAS, SISTEMA DE EVALUACIÓN

ART 8.- Cada curso, módulo y/o clase que se ofrece forma parte de un contenido creado por ARJAUS y para uso exclusivo de los USUARIOS de la academia. El USUARIO podrá disponer los contenidos del SITIO WEB exclusivamente para su uso personal. Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos protegidos por la ley de propiedad intelectual, así como el uso comercial de los contenidos del SITIO WEB y campus virtual, su venta o distribución a terceros, o su modificación o cualquier tipo de divulgación no autorizada por ARJAUS. Cualquier otro tipo de uso requiere autorización previa escrita y explícita de ARJAUS.

ART 9.- La duración y condiciones de prestación de los cursos, carreras, talleres y mentorías se especifican en nuestra página Web con la oferta de los mismos.

ART 10.- El sistema de evaluación utiliza métodos de educación constructivista, permitiendo cada práctica, trabajo práctico, ejercicio, preguntas de comprensión, participación en clase y asistencia el avance de cada estudiante en el desarrollo del cursado. En caso de que el estudiante no logre cumplir con los objetivos planteados, no podrá avanzar a las etapas de aprendizaje siguientes.

Art 11.- Una vez matriculado (conforme el proceso detallado en el apartado siguiente), el USUARIO podrá acceder al contenido del campus virtual, que cuenta con videos explicativos, textos de interés, ejercicios y trabajos prácticos que complementan los temas explicados en los cursos, carreras, talleres y mentorías.

TÍTULO CUARTO - PROCESO DE ADMISIÓN, MATRICULACIÓN Y CONDICIÓN DE ESTUDIANTE/A REGULAR, APERTURA DE CURSO, CUPOS

ART 12.- Se establece un número mínimo de estudiantes para la apertura y desarrollo de los cursos, carreras, talleres y programas de mentorías de conformidad con los principios, métodos de enseñanza, metas y objetivos de ARJAUS. El número máximo de estudiantes variará según el curso, siendo establecido por ARJAUS a los fines de garantizar un óptimo desarrollo en el cursado.

ART 13.- Para acceder a los cursos, carreras, talleres y mentorías de ARJAUS se requiere:
a) Completar la solicitud de admisión con los datos ciertos, veraces y actuales requeridos dentro del plazo establecido para cada curso.
b) En caso de que el director lo considere conveniente, podrá solicitar una entrevista con el estudiante aspirante con el fin de evaluar las motivaciones y finalidades del postulante frente a la elección del curso.

ART 14.- ARJAUS se reserva el derecho de admisión, matriculación y la condición de alumna y/o estudiante regular.

ART 15.- En caso que durante el desarrollo del cursado el mínimo de estudiantes indicados en el artículo 11 se viera reducido, el director podrá evaluar potenciales medidas incluyendo modificaciones a la modalidad del cursado, días y/o horarios, o incluso la discontinuación del cursado. Cualquier decisión final que tome el director deberá ser previamente notificada a los estudiantes.

TÍTULO QUINTO - PRECIO, PAGO DE ARANCELES, FALTA DE PAGO, PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE ESTUDIANTE/A REGULAR, SEÑA, DEVOLUCIÓN, GASTOS ADICIONALES

Art 16.- Los precios de los cursos/ carreras estarán ofrecidos en el SITIO WEB en forma clara, precisa y fácilmente visible, junto con las promociones disponibles. ARJAUS ofrece distintos métodos de pago a la hora de adquirir un servicio.

Art 17.- En caso de que un interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula previa al inicio del cursado y el servicio deje de ofrecerse por no haber alcanzado el mínimo de estudiantes, ARJAUS se compromete a ofrecer las siguientes opciones a elección del USUARIO: (i) la devolución del total abonado, (ii) un servicio equivalente, o (iii) el mismo servicio en otros días y horarios.

ART 18.- En caso de que un interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula y haya quedado fuera del cupo máximo, ARJAUS se compromete a ofrecer las siguientes opciones a elección del USUARIO: (i) la devolución del total abonado, (ii) un servicio equivalente, o (iii) el mismo servicio en otros días y horarios.

Art 19.- En caso de que el interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula y luego decida no empezar con el curso, la seña, cuota y/o matrícula no será devuelta.

ART 20.- El estudiante se compromete a pagar del modo que se establezca en cada curso la matrícula y primera cuotas del mismo, debiendo abonar entre los días 1 al 10 de cada mes por adelantado las cuotas financiadas del curso y/o carrera del modo que se estipule.

Art 21.- ARJAUS podrá modificar el precio de todos sus productos y servicios y demás conceptos actuales y futuros que comprendan al servicio utilizado por el estudiante, notificando a los estudiantes con al menos 14 (catorce) días corridos de anticipación a su entrada en vigencia. En caso de que el estudiante no acepte la modificación podrá solicitar la baja en el cursado, comunicando dicha decisión a ARJAUS y abonando cualquier saldo pendiente de pago que deba a ARJAUS.
La solicitud de baja no generará, en ningún caso, derecho a reintegro, devolución ni condonación de ningún concepto previamente abonado o devengado, incluyendo sin limitación los siguientes supuestos:
a) La cuota mensual correspondiente al período en curso al momento de la baja será exigible en su totalidad, independientemente de que el estudiante haya cursado o asistido al programa en forma parcial durante dicho período.
b) Las cuotas, matrículas, aranceles u otros conceptos abonados con anterioridad a la fecha de la baja no serán devueltos bajo ninguna circunstancia, ni podrán ser imputados como crédito a favor del estudiante.
c) La baja no condonará ni extinguirá deudas preexistentes que el estudiante mantuviera con ARJAUS por cualquier concepto. Dichas obligaciones permanecerán plenamente vigentes y exigibles con independencia de la baja.

Art 22.- Incurre en mora automática el estudiante que no abonare en tiempo y forma el monto establecido en concepto de cuota para los distintos cursos/carreras. Los intereses serán los estipulados por el Banco Ciudad de Buenos Aires en su tasa activa.

Art 23.- A partir de los quince días de encontrarse en mora y hasta tanto no regularice su situación, la Administración de ARJAUS inhabilitará al estudiante, quien no podrá:
- Asistir a las clases;
- Obtener ningún tipo de certificación.
- Reservar o utilizar cabinas y estudios.
- Obtener cualquier tipo de Licencia para el uso de software
- Editar material en Arjaus Discos
- El acceso a los contenidos de la plataforma de ARJAUS (para los estudiantes de producción)
- A su vez, la mora en pagos habilitará a ARJAUS, a no publicar material musical producido o trabajado en el marco de los programas de Mentoría.

TITULO SEXTO - EL ALUMNADO, ALUMNADO MENOR DE EDAD, RESPONSABILIDAD, ESTUDIANTES CON CAPACIDADES DISMINUIDAS

ART 24.- El aspirante adquiere la condición de estudiante cuando, después de haber completado el formulario de admisión que se encuentra en la página web y haya abonado la seña, matrícula y/o cuota de la carrera y/o curso. Utilizándose la locución estudiante o USUARIO indistintamente a efectos de los presentes términos y condiciones.

ART 25.- Se pierde la condición de estudiante y/o alumna regular si:
a) No se abona la seña, matrícula y/o cuota para el curso y/o carrera para la cual ha sido admitida, en los tiempos establecidos.
b) Cuando así lo determine este reglamento, excluyendo al estudiante o alumna del curso y/o carrera en virtud del incumplimiento de las obligaciones a las cuales se ha obligado.
c) Si deja de abonar una cuota habiendo pasado el plazo estipulado en el artículo 16 inc. c).
d) Por suspensión de estudios solicitada por el interesado.
e) Cuando, por incurrir en una falta disciplinaria grave, sea expulsado.
f) Si un estudiante decide darse de baja debe notificar inmediatamente en forma fehaciente a la dirección de la Academia ARJAUS. En caso de omitir dicha notificación la Academia ARJAUS podrá exigirles el pago de todos los gastos en que haya incurrido al ser considerado estudiante regular. La solicitud de baja no generará, en ningún caso, derecho a reintegro, devolución ni condonación de ningún concepto previamente abonado o devengado, incluyendo sin limitación los siguientes supuestos: (i) la cuota mensual correspondiente al período en curso al momento de la baja será exigible en su totalidad, independientemente de que el estudiante haya cursado o asistido al programa en forma parcial durante dicho período; (ii) las cuotas, matrículas, aranceles u otros conceptos abonados con anterioridad a la fecha de la baja no serán devueltos bajo ninguna circunstancia, ni podrán ser imputados como crédito a favor del estudiante; (iii) la baja no condonará ni extinguirá deudas preexistentes que el estudiante mantuviera con ARJAUS por cualquier concepto, las cuales permanecerán plenamente vigentes y exigibles con independencia de la baja.
h) El estudiante que efectivizó la baja en el cursado de manera voluntaria y posteriormente solicite la reincorporación, será analizada por la autoridad correspondiente. Asimismo, en caso de admitirse, si existieran cambios en los contenidos de los cursos/ carreras, se solicitará ingresar en el curso que se estime acorde a los conocimientos demostrados.
i) El estudiante que ha sido dado de baja en virtud de las causales previstas en el punto e) del inciso 1 de este artículo no podrá ser reincorporado a ninguna carrera o curso al carácter de estudiante regular.

ART 26.- Se les exigirá a los padres/tutor o responsable de los estudiantes menores presentar certificado de nacimiento, fotocopia del DNI, y documentación que acredite el vínculo con el menor, y deberán firmar un compromiso de responsabilidad para la entrada y salida del menor del establecimiento.

ART 27.- En caso de que un estudiante posea capacidades disminuidas solicitamos que, con antelación a la contratación del servicio, se comunique a ARJAUS, a los fines de tomar las medidas correspondientes para una correcta adaptación de aula y/o tomar las medidas pertinentes a fin de brindar un mejor servicio.

TITULO SEPTIMO - REGLAS DE CONDUCTAS RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y SANCIONES

ART 28.- ARJAUS haciendo uso del derecho de admisión y permanencia se reserva el derecho de aplicar sanciones que no se encuentren expresamente tipificadas en los presentes términos y condiciones y que importen o se consideren un perjuicio para la institución y/o para un tercero miembro del mismo.
1. Las faltas disciplinarias serán sancionadas conforme a su gravedad y a los antecedentes del infractor.
2. Las sanciones serán de cinco tipos:
a) Llamado de atención verbal.
b) Apercibimiento escrito.
c) Pérdida de la cursada en la que se ha realizado el hecho sancionado.
d) Suspensión.
e) Expulsión definitiva.
3. Las sanciones de las letras a) y b) del número anterior se aplicarán para las faltas leves; las correspondientes a las letras c) d) y e), para las graves. La sanción de la letra c) puede aplicarse de modo autónomo o como accesoria de otras de las previstas en el punto anterior.
4. Si se ha recibido una sanción de llamado de atención o de apercibimiento y se reincidiera en la misma falta, corresponderá una sanción de suspensión o, en su caso, la expulsión.
5. Corresponderá la conversión de la sanción de suspensión en expulsión cuando sea la segunda suspensión que se disponga, cualquiera sea la duración de las mismas.
6. La suspensión se cuenta en semanas o meses, y corre desde la fecha que determine la resolución del Director de la Academia. Tiene como consecuencias que el estudiante no puede ingresar a la Academia, ni beneficiarse de ninguno de los efectos de ser estudiante, ni realizar ningún acto administrativo o académico en el seno del curso en el cual ha sido suspendido, incluyendo asistencia a clases.
7. En todo caso en que se resuelva una sanción habrá de anotarse en él legajo personal del infractor.
8. La aplicación de una sanción de suspensión o expulsión no generará, en ningún caso, derecho a reintegro, devolución ni condonación de ningún concepto previamente abonado o actualmente adeudado, incluyendo sin limitación los siguientes supuestos: (i) la cuota mensual correspondiente al período en curso al momento de la aplicación de la sanción será exigible en su totalidad, independientemente de que el estudiante haya cursado o asistido al programa en forma parcial durante dicho período; (ii) las cuotas, matrículas, aranceles u otros conceptos abonados con anterioridad a la fecha de aplicación de la sanción no serán devueltos bajo ninguna circunstancia, ni podrán ser imputados como crédito a favor del estudiante; (iii) la suspensión o expulsión no condonará ni extinguirá deudas preexistentes ni las generadas durante el período de sanción, las cuales permanecerán plenamente vigentes y exigibles con independencia de la situación disciplinaria del estudiante.

TÍTULO OCTAVO - RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS CAUSADOS A LOS MATERIALES DERIVADOS DEL MAL USO DE LOS MISMOS

ART 29.- Será responsable y deberá reintegrar el material dañado todo aquel que por el mal uso de este produzca un daño al material de estudio.
- En caso de encontrarse prohibido el ingreso a determinadas áreas con bebidas o alimentos, quien ocasione algún tipo de daño en el equipamiento de ARJAUS o de sus estudiantes será exclusivamente responsable de los daños ocasionados.
- Los profesores no se encuentran autorizados para efectuar reparaciones en los equipos de los estudiantes, en caso de producirse algún daño por estos motivos, ARJAUS no resulta responsable de los daños producidos.
- En caso de producirse algún tipo de daño en el equipamiento de ARJAUS producto de un manejo no autorizado de los equipos o por un manejo distinto al indicado por personal de ARJAUS, el estudiante será responsable por los daños producidos.
- Ningún miembro de Arjaus está autorizado a instalar ningún software que no cuente con la correspondiente licencia en la computadora o equipos de los estudiantes.

TÍTULO NOVENO - NORMAS ÉTICAS REFERENTES A LA AUTORÍA DE LOS TRABAJOS. PRIVACIDAD

Art 30.- Los profesores y estudiantes deben respetar en todos sus trabajos, que los mismos sean realizados acorde a las prácticas éticas correctas.

Art 31.- Las normas a seguir en los trabajos prácticos, expuestas de modo no exhaustivo, son las siguientes:
a) Firmar como autor de un trabajo intelectual, a publicar, difundir o no, únicamente cuando se ha realizado, individualmente o en real colaboración.
b) Cuidar diligente y minuciosamente las formas habituales de reconocer la autoría de las distintas ideas, trabajos y publicaciones. Establecer desde el principio normas específicas que delimitan los roles cuando varios profesores o varios estudiantes trabajen en un mismo proyecto, aclarando si todos los participantes figurarán como coautores de la obra realizada en común, o se realizará una “obra colectiva”, constituida por varias contribuciones, cada una de ellas firmadas por sus correspondientes autores o coautores.
c) Señalar la coautoría de un modo y con un orden tal que haga justicia a la real participación de todos, incluyendo todos los nombres de los que hicieron el trabajo.
d) Agradecer en el propio escrito al profesor, colega, compañero, estudiante o empleado que haya sugerido una idea o enfoque.
e) Ser cuidadoso con el manejo de datos y referencias, evitando todo tipo de fraude. Jamás falsificar un dato o fabricar una cita.
f) Citar el texto de donde se extrajo una referencia o nota, evitando citar directamente la fuente de que se trate, cuando no se ha podido tener la referencia original a la vista.

ART 32.- Implican un mero incumplimiento de deberes éticos, sin que constituyan una falta sancionable disciplinariamente, las obligaciones señaladas en los puntos anteriores, letras c) y e).

ART 33.- El plagio es una de las mayores faltas a la honestidad de la Academia. Sin promover una atmósfera que desanime la creatividad y la investigación, los profesores y estudiantes deben atenerse a las siguientes disposiciones con relación al mismo:
a) Constituye plagio, total o parcial, la apropiación literal o sustancial de ideas, presentándose como propias o no citando con claridad y exactitud las fuentes utilizadas en cada punto en cualquier trabajo intelectual.
b) Se considerará que el plagio es importante y sustancial tanto cuando haya una apropiación significativa de las ideas o escritos de otro, como cuando se verifique la sumatoria de pequeñas apropiaciones de distintas fuentes y autores.
e) No constituye plagio la utilización de ideas y sugerencias dadas verbalmente o por correo por un profesor o profesora, por el director o por cualquier otra persona que se haya consultado, sin perjuicio de considerarse una práctica correcta efectuar la correspondiente cita y agradecimiento a la persona.

ART 34.- Se encuentra prohibido grabar las clases sin autorización expresa de ARJAUS o del profesor, quien lo hiciere incurrirá en falta grave y será pasible de acciones judiciales por violación al derecho de propiedad intelectual y derecho de imagen.

TÍTULO DÉCIMO - CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN Y VIDEO

ART 35.- Los estudiantes y profesores ceden en forma voluntaria a ARJAUS sus derechos de imagen respecto de las producciones fotográficas, y de videos, así como también la reproducción de sus creaciones musicales de forma parcial o total que se realicen mientras se encuentren dictando/tomando clases en la Academia ARJAUS, como así en cualquier otro evento, concurso u organización relacionada a la Academia.

ART 36.- ARJAUS se compromete a utilizar la música y las imágenes fotográficas y los videos de los profesores y/o estudiantes para promoción y publicidad difundiéndolos en sus páginas web, redes sociales, como en todo tipo de medio gráfico, online y/o televisivo.

ART 37.- Los profesores y/o estudiantes liberan expresamente a la Academia de cualquier pago o remuneración por la reproducción de su música, imágenes fotográficas y/o de vídeo tomadas en la producción señalada en el artículo antecedente y por su utilización con los fines de publicidad.

ART 38.- Ante cualquier causa de incumplimiento, interpretación, aplicación y/o reclamo emergente del presente, los profesores y/o estudiantes y la Academia se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero y/o jurisdicción.

TITULO DECIMO PRIMERO - RESPONSABILIDAD POR DECIBELES DE SONIDO UTILIZADOS

ART 39.- Los profesores y/o estudiantes manifiestan que eximen a la Academia ARJAUS de toda responsabilidad sobre cualquier resultado adverso en su estado de salud a consecuencia de la exposición de los sonidos que se manejan en el curso.

ART 40.- Es responsabilidad en forma personal la utilización de los distintos niveles de decibeles de sonido utilizados en los cursos/ carreras.

TITULO DECIMO SEGUNDO - LICENCIA

ART 41.- Una vez que Ableton envíe las licencias solicitadas, ARJAUS repartirá vía e-mail las mismas a los estudiantes que corresponda. ARJAUS no se hace responsable por demoras o cualquier situación que pueda complicar la entrega de dichas licencias.

TÍTULO DÉCIMO TERCERO - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR RECUPERACIÓN DE CLASES PERDIDA

ART 42.- ARJAUS no se hace cargo de situaciones adversas, paro, factores climáticos, servicio de luz, y/o cualquier otra situación que exceda a ARJAUS refiriéndose a la suspensión de una determinada clase, curso, o servicio.

ART 43.- ARJAUS determinará de acuerdo con el caso particular y excepcional la recuperación de la clase y será notificada a los estudiantes en forma fehaciente.

ART 44.- Recuperación de clases: las clases perdidas por ausencia del estudiante no se descuentan ni recuperan.

ART 45.- Se entenderá que ARJAUS no se encuentra en incumplimiento de sus obligaciones que surjan de estos términos y condiciones si la demora o incumplimiento es atribuible a un Evento de Fuerza Mayor. “Evento de Fuerza Mayor” significa cualquier evento fuera del control de ARJAUS, incluyendo sin limitación, huelgas, guerras, terremotos, epidemias o pandemias, inundaciones, incendios y restricciones gubernamentales.
Si ARJAUS se demora en el cumplimiento de sus obligaciones bajo la relación que surja de estos términos y condiciones con motivo de un Evento de Fuerza Mayor, deberá notificarlo a los estudiantes identificando la causa de la demora. ARJAUS deberá usar esfuerzos razonables para evitar y/o mitigar Eventos de Fuerza Mayor y deberá reanudar el cumplimiento de las obligaciones suspendidas en forma razonablemente expedita una vez solucionado el Evento de Fuerza Mayor y sus efectos.

TITULO DECIMO CUARTO - PRIVACIDAD DE LOS DATOS

ART 46.- ARJAUS se compromete al cumplimiento de la ley 25.326 ( protección de los datos personales).

TÍTULO DÉCIMO QUINTO - NULIDAD E INEFICACIA DE LAS CLÁUSULAS

ART 47.- Si cualquier cláusula incluida en estas condiciones fuese declarada total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad afectará tan sólo a dicha disposición o la parte de esta que resulte nula o ineficaz, subsistiendo en todo lo demás las condiciones.

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