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Nociones preliminares
¿Quiénes somos?: ARJAUS S.R.L. (en adelante “ARJAUS”) es una academia de música certificada por Ableton, Native Instruments y Waves en Argentina. Ofrecemos cursos/ carreras de Producción musical, DJ, Mezcla, Mastering y Diseño Sonoro bajo la modalidad online y presencial. Nuestra dirección es Av. Congreso 3541. Bs As Argentina Tel: +54 11- 4544-7879.Whatsapp: +54 911 3676 0870 Correo: estudiantes@arjaus.com
Los presentes términos y condiciones otorgan un encuadre legal tendiente a garantizar el cuidado de la relación entre ARJAUS como titular del sitio “https://arjaus.com” (en adelante, el “SITIO WEB”) y los usuarios y consumidores de los productos y servicios ofrecidos por ARJAUS (en adelante, “USUARIOS”).
Legislación aplicable: Los presentes términos y condiciones que rigen el uso del SITIO WEB y los cursos/ carreras dictadas en sede detallada con anterioridad, se rigen por la ley argentina, en lo especial “Ley de Defensa del Consumidor (24.240)”, resultando de aplicación supletoria el Código Civil y Comercial de la Nación.
Al leer, navegar o usar el SITIO WEB, el usuario declara que leyó y acepta los términos y condiciones aquí expuestos. Si el usuario no está de acuerdo con los términos y condiciones, debe salir inmediatamente del sitio. ARJAUS se reserva el derecho de ampliar, restringir, o de cualquier forma modificar o cambiar los términos y condiciones de uso del sitio en cualquier momento.
Información previa a la contratación
Mediante la página web de ARJAUS, se ofrecerá al usuario la posibilidad de inscribirse a los distintos cursos/ carreras detalladas en el sitio. Las ofertas tendrán la vigencia que se especifique en cada caso en el SITIO WEB. En caso de agotarse las vacantes antes de la fecha de finalización de la oferta, se podrá suministrar, de común acuerdo con el USUARIO, un producto o servicio de calidad y precio equivalentes. El USUARIO podrá acceder a las características esenciales de cada producto o servicio a través la descripción detallada que se encuentra publicada, visible y fácilmente accesible en el SITIO WEB. Formalizada la relación, el USUARIO acepta que los presentes términos y condiciones, cualquier modificación a ellos, así como también cualquier comunicación o notificación de la naturaleza que fuere relativa a los servicios prestados por ARJAUS sean remitidos por correo electrónico a la casilla brindada por el USUARIO al momento de efectuar la inscripción. No obstante lo expuesto, el USUARIO puede optar por el envío postal de la documentación e información detallada precedentemente. A tal fin, deberá comunicar esta decisión a ARJAUS a través de alguno de los canales habilitados
TITULO PRIMERO - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones de ARJAUS:
ART 1.- Formalizada la relación contractual, ARJAUS se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Informar expresamente al USUARIO la existencia de las presentes condiciones con carácter previo al inicio del procedimiento de contratación.
b) Informar al USUARIO con carácter previo a la contratación y de manera concreta, clara, precisa e inequívoca las características específicas de los servicios solicitados, tales como el precio, modalidades de pago, financiamiento, modalidad de cursado, plazo de cursado, entre otros.
c) Confirmar al USUARIO vía e-mail la efectivización de la contratación en un plazo razonable desde la aceptación por parte de este de las condiciones de contratación.
d) Informar al USUARIO con antelación razonable aquellos cambios que pudieran producirse en las prestaciones de los servicios por parte de ARJAUS durante el desarrollo de la relación contractual.
Obligaciones del USUARIO
ART 2.- Por su parte, el USUARIO se compromete a:
a) Llevar a cabo el íntegro cumplimiento de lo establecido en las presentes condiciones.
b) Completar los formularios de registro previos al inicio del procedimiento de contratación con información veraz y actual.
c) Abonar en tiempo y forma el precio de los productos y/o servicios adquiridos. Frente a la existencia de un reclamo en trámite el USUARIO se compromete a continuar abonando los importes correspondientes, sin perjuicio de que estos puedan ser reintegrados o deducidos de futuros pagos en caso de corresponder.
ART 3.- Derechos del USUARIO
a) Todo USUARIO tiene derecho a que los servicios que adquiera sean proporcionados conforme estos han sido ofrecidos y con la calidad acordada.
TITULO SEGUNDO - PRODUCTO O SERVICIO OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
ART 4.- Los cursos/carreras otorgadas por ARJAUS tienen como objetivo brindar a los USUARIOS las herramientas necesarias para poder desempeñarse como profesionales de la música, independientemente de la finalidad y/o el desempeño particular de cada USUARIO.
ART 5.- ARJAUS otorgará a los USUARIOS que cumplan con los objetivos fijados en cada curso o carrera un certificado no oficial.
ART 6.- Ninguna de las empresas que certifican a ARJAUS, como así tampoco las empresas asociadas, entregan certificación a los USUARIOS.
TITULO TERCERO - PLAN DE ESTUDIOS, DURACIÓN DE LOS CURSOS/ CARRERAS, SISTEMA DE EVALUACIÓN
ART 7.- Cada curso, módulo y/o clase que se ofrece forma parte de un contenido creado por ARJAUS y para uso exclusivo de los USUARIOS de la academia. El USUARIO podrá disponer los contenidos del SITIO WEB exclusivamente para su uso personal. Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos protegidos por la ley de propiedad intelectual, así como el uso comercial de los contenidos del SITIO WEB, su venta o distribución a terceros, o su modificación o cualquier tipo de divulgación no autorizada por ARJAUS. Cualquier otro tipo uso requiere autorización previa escrita y explícita de ARJAUS.
ART 8.- La duración de los cursos/ carreras se especifican en nuestra página Web con la oferta de los mismos.
ART 9.- El sistema de evaluación utiliza métodos de educación constructivista, permitiendo cada práctica, trabajo práctico, ejercicio, preguntas de comprensión, participación en clase y asistencia el avance de cada estudiante en el desarrollo del cursado. En caso de que el estudiante no logre cumplir con los objetivos planteados, no podrá avanzar a las etapas de aprendizaje siguientes.
Art 10.- Una vez matriculado (conforme el proceso detallado en el apartado siguiente), el USUARIO podrá acceder al contenido del campus virtual, que cuenta con videos explicativos, textos de interés, ejercicios y trabajos prácticos que complementan los temas explicados en los cursos/ carreras.
TITULO CUARTO - PROCESO DE ADMISIÓN, MATRICULACIÓN Y CONDICIÓN DE estudiante/A REGULAR, APERTURA DE CURSO, CUPOS
ART 11.- Se establece un número mínimo de 6 (seis) estudiantes para la apertura y desarrollo de los cursos/ carreras, de conformidad con los principios, métodos de enseñanza, metas y objetivos de ARJAUS. El número máximo de estudiantes variará según el curso, siendo establecido por ARJAUS a los fines de garantizar un óptimo desarrollo en el cursado.
ART 12.- Para acceder a los cursos/ carreras de ARJAUS se requiere:
a) Completar la solicitud de admisión con los datos ciertos, veraces y actuales requeridos dentro del plazo establecido para cada curso.
b) En caso de que el director lo considere conveniente, podrá solicitar una entrevista con el estudiante aspirante con el fin de evaluar las motivaciones y finalidades del postulante frente a la elección del curso.
ART 13.- ARJAUS se reserva el derecho de admisión, matriculación y la condición de alumna y/o estudiante regular.
ART 14.- En caso de que durante el desarrollo del cursado el mínimo de estudiantes indicados en el artículo 11 se viera reducido, el director podrá evaluar potenciales medidas incluyendo modificaciones a la modalidad del cursado o incluso la discontinuación del cursado. Cualquier decisión final que tome el director deberá ser previamente notificada a los estudiantes.
TITULO QUINTO - PRECIO, PAGO DE ARANCELES, FALTA DE PAGO, PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE estudiante/A REGULAR, SEÑA, DEVOLUCIÓN, GASTOS ADICIONALES
Art 15.- Los precios de los cursos/ carreras estarán ofrecidos en el SITIO WEB en forma clara, precisa y fácilmente visible, junto con las promociones disponibles. ARJAUS ofrece distintos métodos de pago a la hora de adquirir un servicio.
Art 16.- En caso de que un interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula previa al inicio del cursado y el servicio deje de ofrecerse por no haber alcanzado el mínimo de estudiantes, ARJAUS se compromete a ofrecer las siguientes opciones a elección del USUARIO: (i) la devolución del total abonado, (ii) un servicio equivalente, o (iii) el mismo servicio en otros días y horarios.
ART 17.- En caso de que un interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula y haya quedado fuera del cupo máximo, ARJAUS se compromete a ofrecer las siguientes opciones a elección del USUARIO: (i) la devolución del total abonado, (ii) un servicio equivalente, o (iii) el mismo servicio en otros días y horarios.
Art 18.- En caso de que el interesado haya abonado una seña, cuota y/o matrícula y luego decida no empezar con el curso, la seña, cuota y/o matrícula no será devuelto. No obstante, ARJAUS ofrecerá mantener el monto abonado para utilizarlo en el siguiente comienzo del mismo curso o de otro curso, a elección del estudiante, y únicamente para el comienzo del siguiente curso. En este último caso, el estudiante solo deberá abonar diferencias por incrementos si los hubiere.
ART 19.- El estudiante se compromete a pagar del modo que se establezca en cada curso la matrícula del mismo, debiendo abonar entre los días 1 al 10 de cada mes por adelantado las cuotas financiadas del curso y/o carrera del modo que se estipule.
Art 20.- ARJAUS podrá modificar el precio de todos sus productos y servicios y demás conceptos actuales y futuros que comprendan al servicio utilizado por el estudiante, notificando a los estudiantes con al menos 30 (treinta) días corridos de anticipación a su entrada en vigencia y publicando los nuevos precios en el SITIO WEB. En caso de que el estudiante no acepte la modificación podrá solicitar la baja en el cursado, comunicando dicha decisión a ARJAUS y abonando cualquier saldo pendiente de pago que deba a ARJAUS.
Art 21.- Incurre en mora automática el estudiante que no abonare en tiempo y forma el monto establecido en concepto de cuota para los distintos cursos/carreras. Los intereses serán los estipulados por el Banco Ciudad de Buenos Aires en su tasa activa.
Art 22.- A partir de los quince días de encontrarse en mora y hasta tanto no regularice su situación, la Administración de ARJAUS inhabilitará al estudiante, quien no podrá:
- Asistir a las clases;
- Obtener ningún tipo de certificación.
- Utilizar la cabina
- Obtener cualquier tipo de Licencia para el uso de software
- Editar material en Arjaus Discos
- El acceso a los contenidos de la plataforma de ARJAUS (para los estudiantes de producción)
TITULO SEXTO - EL ALUMNADO, ALUMNADO MENOR DE EDAD, RESPONSABILIDAD, ESTUDIANTES CON CAPACIDADES DISMINUIDAS
ART 23.- El aspirante adquiere la condición de estudiante cuando, después de haber completado el formulario de admisión que se encuentra en la página web y haya abonado la seña, matrícula y/o cuota de la carrera y/o curso. Utilizándose la locución estudiante o USUARIO indistintamente a efectos de los presentes términos y condiciones.
ART 24.- Se pierde la condición de estudiante y/o alumna regular si:
a) No se abona la seña, matrícula y/o cuota para el curso y/o carrera para la cual ha sido admitida.
b) Cuando así lo determine este reglamento, excluyendo al estudiante o alumna del curso y/o carrera en virtud del incumplimiento de las obligaciones a las cuales se ha obligado.
c) Si deja de abonar una cuota habiendo pasado el plazo estipulado en el artículo 16 inc. c).
d) Por suspensión de estudios solicitada por el interesado.
e) Cuando, por incurrir en una falta disciplinaria grave, sea expulsado.
f) Si un estudiante decide darse de baja debe notificar inmediatamente en forma fehaciente a la dirección de la Academia ARJAUS. En caso de omitir dicha notificación la Academia ARJAUS podrá exigirles el pago de todos los gastos en que haya incurrido al ser considerado estudiante regular.
h) El estudiante que efectivizó la baja en el cursado de manera voluntaria y posteriormente solicite la reincorporación, será analizada por la autoridad correspondiente. Asimismo, en caso de admitirse, si existieran cambios en los contenidos de los cursos/ carreras, se solicitará ingresar en el curso que se estime acorde a los conocimientos demostrados.
i) El estudiante que ha sido dado de baja en virtud de las causales previstas en el punto e) del inciso 1 de este artículo no podrá ser reincorporado a ninguna carrera o curso al carácter de estudiante regular.
ART 25.- Se les exigirá a los padres/tutor o responsable de los estudiantes menores presentar certificado de nacimiento, fotocopia del DNI, y documentación que acredite el vínculo con el menor, y deberán firmar un compromiso de responsabilidad para la entrada y salida del menor del establecimiento.
ART 26.- En caso de que un estudiante posea capacidades disminuidas solicitamos que, con antelación a la contratación del servicio, se comunique a ARJAUS, a los fines de tomar las medidas correspondientes para una correcta adaptación de aula y/o tomar las medidas pertinentes a fin de brindar un mejor servicio.
TITULO SEPTIMO - REGLAS DE CONDUCTAS RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y SANCIONES
ART 27.- ARJAUS haciendo uso del derecho de admisión y permanencia se reserva el derecho de aplicar sanciones que no se encuentren expresamente tipificadas en los presentes términos y condiciones y que importen o se consideren un perjuicio para la institución y/o para un tercero miembro del mismo.
1. Las faltas disciplinarias serán sancionadas conforme a su gravedad y a los antecedentes del infractor.
2. Las sanciones serán de cinco tipos:
a) Llamado de atención verbal.
b) Apercibimiento escrito.
c) Pérdida de la cursada en la que se ha realizado el hecho sancionado.
d) Suspensión.
e) Expulsión definitiva.
3. Las sanciones de las letras a) y b) del número anterior se aplicarán para las faltas leves; las correspondientes a las letras c) d) y e), para las graves. La sanción de la letra c) puede aplicarse de modo autónomo o como accesoria de otras de las previstas en el punto anterior.
4. Si se ha recibido una sanción de llamado de atención o de apercibimiento y se reincidiera en la misma falta, corresponderá una sanción de suspensión o, en su caso, la expulsión.
5. Corresponderá la conversión de la sanción de suspensión en expulsión cuando sea la segunda suspensión que se disponga, cualquiera sea la duración de las mismas.
6. La suspensión se cuenta en semanas o meses, y corre desde la fecha que determine la resolución del Director de la Academia. Tiene como consecuencias que el estudiante no puede ingresar a la Academia, ni beneficiarse de ninguno de los efectos de ser estudiante, ni realizar ningún acto administrativo o académico en el seno del curso en el cual ha sido suspendido, incluyendo asistencia a clases.
7. En todo caso en que se resuelva una sanción habrá de anotarse en él legajo personal del infractor.
TITULO OCTAVO - RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS CAUSADOS A LOS MATERIALES DERIVADOS DEL MAL USO DE LOS MISMOS
ART 28.- Será responsable y deberá reintegrar el material dañado todo aquel que por el mal uso de este produzca un daño irreversible al material de estudio.
- En caso de encontrarse prohibido el ingreso a determinadas áreas con bebidas o alimentos, quien ocasionare algún tipo de daño en el equipamiento de ARJAUS o de sus estudiantes será exclusivamente responsable de los daños ocasionados.
- Los profesores no se encuentran autorizados para efectuar reparaciones en los equipos de los estudiantes, en caso de producirse algún daño por estos motivos, ARJAUS no resulta responsable de los daños producidos.
- En caso de producirse algún tipo de daño en el equipamiento de ARJAUS producto de un manejo no autorizado de los equipos o por un manejo distinto al indicado por personal de ARJAUS, el estudiante será responsable por los daños producidos.
- Ningún miembro de Arjaus está autorizado a instalar ningún software que no cuenten con la correspondiente licencia en la computadora o equipos de los estudiantes.
TITULO NOVENO - NORMAS ÉTICAS REFERENTES A LA AUTORÍA DE LOS TRABAJOS. PRIVACIDAD
Art 29 Los profesores y estudiantes deben respetar en todos sus trabajos, que los mismos sean realizados acorde a las prácticas éticas correctas.
Art 30 Las normas a seguir en los trabajos prácticos, expuestas de modo no exhaustivo, son las siguientes:
a) Firmar como autor de un trabajo intelectual, a publicar, difundir o no, únicamente cuando se ha realizado, individualmente o en real colaboración.
b) Cuidar diligente y minuciosamente las formas habituales de reconocer la autoría de las distintas ideas, trabajos y publicaciones. Establecer desde el principio normas específicas que delimitan los roles cuando varios profesores o varios estudiantes trabajen en un mismo proyecto, aclarando si todos los participantes figurarán como coautores de la obra realizada en común, o se realizará una “obra colectiva”, constituida por varias contribuciones, cada una de ellas firmadas por sus correspondientes autores o coautores.
c) Señalar la coautoría de un modo y con un orden tal que haga justicia a la real participación de todos, incluyendo todos los nombres de los que hicieron el trabajo.
d) Agradecer en el propio escrito al profesor, colega, compañero, estudiante o empleado que haya sugerido una idea o enfoque.
e) Ser cuidadoso con el manejo de datos y referencias, evitando todo tipo de fraude. Jamás falsificar un dato o fabricar una cita. Omitir voluntariamente datos opuestos a los objetivos que se desean constituye una forma de falsificar datos y resultados.
f) Citar el texto de donde se extrajo una referencia o nota, evitando citar directamente la fuente de que se trate, cuando no se ha podido tener la referencia original a la vista.
ART 31.- Implican un mero incumplimiento de deberes éticos, sin que constituyan una falta sancionable disciplinariamente, las obligaciones señaladas en los puntos anteriores, letras c) y e).
ART 32.- El plagio es una de las mayores faltas a la honestidad de la Academia. Sin promover una atmósfera que desanime la creatividad y la investigación, los profesores y estudiantes deben atenerse a las siguientes disposiciones con relación al mismo:
a) Constituye plagio, total o parcial, la apropiación literal o sustancial de ideas, presentándose como propias o no citando con claridad y exactitud las fuentes utilizadas en cada punto en cualquier trabajo intelectual.
b) Se considerará que el plagio es importante y sustancial tanto cuando haya una apropiación significativa de las ideas o escritos de otro, como cuando se verifique la sumatoria de pequeñas apropiaciones de distintas fuentes y autores.
e) No constituye plagio la utilización de ideas y sugerencias dadas verbalmente o por correo por un profesor o profesora, por el director o por cualquier otra persona que se haya consultado, sin perjuicio de considerarse una práctica correcta efectuar la correspondiente cita y agradecimiento a la persona.
ART 33.- Se encuentra prohibido grabar las clases sin autorización expresa de ARJAUS o del profesor, quien lo hiciere incurrirá en falta grave y será pasible de acciones judiciales por violación al derecho de propiedad intelectual y derecho de imagen.
TITULO DECIMO - CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN Y VIDEO
ART 34.- Los estudiantes y profesores ceden en forma voluntaria a ARJAUS sus derechos de imagen respecto de las producciones fotográficas, y de videos, así como también la reproducción de sus creaciones musicales de forma parcial o total que se realicen mientras se encuentren dictando/tomando clases en la Academia ARJAUS, como así en cualquier otro evento, concurso u organización relacionada a la Academia.
ART 35.- ARJAUS se compromete a utilizar la música y las imágenes fotográficas y los videos de los profesores y/o estudiantes para promoción y publicidad difundiéndolos en sus páginas web, redes sociales, como en todo tipo de medio gráfico, online y/o televisivo.
ART 36.- Los profesores y/o estudiantes liberan expresamente a la Academia de cualquier pago o remuneración por la reproducción de su música, imágenes fotográficas y/o de vídeo tomadas en la producción señalada en el artículo antecedente y por su utilización con los fines de publicidad.
ART 37.- Ante cualquier causa de incumplimiento, interpretación, aplicación y/o reclamo emergente del presente, los profesores y/o estudiantes y la Academia se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero y/o jurisdicción.
TITULO DECIMO PRIMERO - RESPONSABILIDAD POR DECIBELES DE SONIDO UTILIZADOS
ART 38.- Los profesores y/o estudiantes manifiestan que eximen a la Academia ARJAUS de toda responsabilidad sobre cualquier resultado adverso en su estado de salud a consecuencia de la exposición de los sonidos que se manejan en el curso.
ART 39.- Es responsabilidad en forma personal la utilización de los distintos niveles de decibeles de sonido utilizados en los cursos/ carreras.
TITULO DECIMO SEGUNDO - LICENCIA
ART 40.- Una vez que Ableton envíe las licencias solicitadas, ARJAUS repartirá vía e-mail las mismas a los estudiantes que corresponda. ARJAUS no se hace responsable por demoras o cualquier situación que pueda complicar la entrega de dichas licencias.
TITULO DECIMO TERCERO - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR RECUPERACIÓN DE CLASES PERDIDA
ART 41.- ARJAUS no se hace cargo de situaciones adversas, paro, factores climáticos, servicio de luz, y/o cualquier otra situación que exceda a ARJAUS refiriéndose a la suspensión de una determinada clase, curso, o servicio.
ART 42.- ARJAUS determinará de acuerdo con el caso particular y excepcional la recuperación de la clase y será notificada a los estudiantes en forma fehaciente.
ART 43.- Recuperación de clases: las clases perdidas por ausencia del estudiante no se descuentan ni recuperan.
ART 44.- Se entenderá que ARJAUS no se encuentra en incumplimiento de sus obligaciones que surjan de estos términos y condiciones si la demora o incumplimiento es atribuible a un Evento de Fuerza Mayor. “Evento de Fuerza Mayor” significa cualquier evento fuera del control de ARJAUS, incluyendo sin limitación, huelgas que puedan ocurrir a pesar de acciones judiciales o no adoptadas apropiadamente por ARJAUS tendientes a evitarlas, guerras, terremotos, epidemias o pandemias, inundaciones, incendios y restricciones gubernamentales. Si ARJAUS se demora en el cumplimiento de sus obligaciones bajo la relación que surja de estos términos y condiciones con motivo de un Evento de Fuerza Mayor, deberá notificarlo a los estudiantes identificando la causa de la demora y su duración estimada. ARJAUS deberá usar esfuerzos razonables para evitar y/o mitigar Eventos de Fuerza Mayor y deberá reanudar el cumplimiento de las obligaciones suspendidas en forma razonablemente expedita una vez solucionado el Evento de Fuerza Mayor y sus efectos.
TITULO DECIMO CUARTO - PRIVACIDAD DE LOS DATOS
ART 45.- ARJAUS se compromete al cumplimiento de la ley 25.326 ( protección de los datos personales).
TITULO DECIMO QUINTO - NULIDAD E INEFICACIA DE LAS CLÁUSULAS
ART 46.- Si cualquier cláusula incluida en estas condiciones fuese declarada total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad afectará tan sólo a dicha disposición o la parte de esta que resulte nula o ineficaz, subsistiendo en todo lo demás las condiciones.